El Proyecto de Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de la Generalitat para el año 2014, tiene previsto una nueva reforma del Impuesto de Sucesiones, cuyo objetivo es aumentar la recaudación, y que provocará un incremento de la tributación significativo de muchas herencias con respecto a la regulación actual.
La nueva obligación informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero, a la que los contribuyentes tuvieron que hacer frente a principios del pasado año, y a la que volverán a enfrentarse en los próximos años, (el plazo para su presentación se extiende desde el 1 de enero a 31 de marzo), no ha pasado desapercibida por la extralimitación normativa que se ha producido con su aprobación.
Desde la de 13 de noviembre de 2008, en la que el Tribunal Supremo confirmaba la no deducibilidad de las retribuciones percibidas por los administradores en el Impuesto sobre Sociedades de la compañía, se han dado muchas vueltas acerca de las implicaciones fiscales que se derivaban de este criterio jurisprudencial.
En el Consejo de Ministros del pasado 28 de junio se aprobó la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, publicado el 3 de julio de 2013 en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, que crea, en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido, el régimen especial del criterio de caja.
En fechas recientes tuvo lugar el IV ‘Encuentro Tributario’ organizado por la delegación catalana de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) que contó con la presencia del Magistrado del Tribunal Supremo, Manuel Garzón Herrero.